Los términos
esclavitud y trabajo forzado pueden usarse para describir el mismo tipo de situación laboral, sin embargo, la
esclavitud es la forma más extrema de trabajo forzado.
«La
esclavitud implica el control absoluto de una persona por otra o, en ocasiones, de un colectivo social por otro. La
esclavitud se define en el primer instrumento internacional sobre la materia (de fecha 1926) como el estado o condición de un individuo sobre el cual se ejercitan los atributos del derecho de propiedad o algunos de ellos (artículo 1, 1) 5. Una persona que se encuentre en una situación de
esclavitud se verá forzada sin duda a trabajar; sin embargo, ésta no es la única característica definitoria de la relación. La condición de esclavo, además, no tiene una duración determinada, sino que es permanente y suele basarse en la ascendencia. Por otro lado, en este primer instrumento, adoptado en una época en la que el trabajo forzoso era una práctica ampliamente extendida entre las potencias coloniales, las partes contratantes estaban llamadas a «tomar las medidas pertinentes para evitar que el trabajo forzoso u obligatorio lleve consigo condiciones análogas a la
esclavitud» (artículo 5). El Convenio núm. 29 de la OIT, adoptado cuatro años después, prohibió el trabajo forzoso en general, incluida la
esclavitud».
(adaptado y citado de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
Una alianza global contra el trabajo forzoso, 2005, consultado el 30-04-2009)